Bienestar en Hogares de Corazón

Acción Social Apoyo a Familias de Acogida Temporal sin Fines de Adopción "Bienestar en Hogares de Corazón

Albergar con familias de acogida a niñas, niños y adolescentes que habitan o transitan por la Ciudad de México, que son víctimas de violencia y/o de algún delito, y están en riesgo su integridad física, emocional, su libertad o su vida y que se encuentren en las Agencias del Ministerio Público 57° y 59° o bien en el Centro de Estancia Transitoria para Niños y Niñas, Centros de Asistencia Social bajo los cuidados del Sistema DIF Ciudad de México; niñas, niños y adolescentes abandonados en instituciones de salud o que no cuenten con cuidados parentales.

Las personas interesadas en brindar acogimiento temporal sin fines de adopción a niñas, niños y adolescentes que por diversos motivos están separados de su familia de origen y se encuentran bajo los cuidados y atenciones de la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México.

Convocatoria


Dirección de Atención Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Vulnerabilidad, en Situación de Riesgo o Desamparo y de Centros de Asistencia Social.

Domicilio: Calle San Francisco #1374 Colonia Tlacoquemécatl, C.P. 03200, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México.
Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas.
Teléfono: 55 56040127 ext.  6000 y/o 6246
Correos electrónicos:  hogaresdecorazon@dif.gob.mx y ac_ppdnna@dif.cdmx.gob.mx
Página web para agendar cita:  http://derechohabientes.sui.dif.cdmx.gob.mx/sui/subsistemas/registros/hogares/registro.php

Requisitos de la familia de acogida: 

Acreditar la viabilidad para el acogimiento como familia de acogida temporal sin fines de adopción a través de la evaluación legal, socioeconómica y psicológica que realice el DIF Ciudad de México.

Requisitos documentales (original y copia simple):

1. Documento de identificación: 

a. Credencial para Votar o

b. Cédula Profesional o

c. Pasaporte o

d. Licencia para Conducir o

e. Cartilla de Servicio Militar

2. Comprobante de domicilio:

a. Boleta del Servicio de Agua o

b. Recibo de Servicio de Luz o

c. Boleta de impuesto Predial o

d. Estado de cuenta de servicio telefónico o

e. Certificado de Residencia

3. Requisitos específicos (original y copia simple): 

 I. La solicitud de acogimiento en la que se especifique la intención de acoger temporalmente a una niña, niño y adolescente, en tanto se resuelve su situación familiar;

II. Copias certificadas de acta de nacimiento de la persona solicitante, del cónyuge o persona con quien viva y, de ser el caso, hijo(a)(s), así como de matrimonio;

III. Fotografías de las condiciones del entorno físico en el que, en su caso, se brindará el acogimiento, empezando por la fachada, sala, comedor, recámaras, cocina, baño y áreas comunes;

IV. Fotografía reciente a color de la persona interesada y de la pareja y en caso de tener hijo(a)(s) incluir en la misma;

V. Certificado(s) médico(s) de buena salud expedido por Instituciones Públicas, con antigüedad menor a 30 días naturales de expedición, de todos los integrantes de la familia;

VI. Copia de CURP y de identificación oficial de la persona interesada;

VII. Carta de no antecedentes penales de cada persona interesada y de los miembros de la familia que sean mayores de edad, con una antigüedad no mayor a treinta días naturales contados a partir de la fecha de expedición;

VII. En cuanto a la situación económica, los documentos que deberán acompañarse son:

a) Constancia de percepciones, donde conste sueldo, puesto y antigüedad en el empleo y recibos de nómina de los últimos tres meses,

b) En caso de negocio propio o trabajo independiente, comprobante de ingresos de los últimos tres meses,

Estados de cuenta bancarias de los últimos tres meses, en caso de no acreditar los incisos a y b,

IX. Copia del instrumento legal que acredite la propiedad del inmueble que se posee y/o del contrato de hipoteca;

       De no tener propiedad o crédito hipotecario, copia del contrato de arrendamiento y recibos de pago de renta de los últimos tres meses,

X. Copia de los recibos de luz, agua, gas y teléfono, de los últimos tres meses;

XI. Dos cartas de recomendación por cada solicitante y en su caso, dos como pareja que contengan los datos de quién recomienda, siendo necesario que no sean familiares;

XII. Currículum vitae de las personas interesadas con firma y fotografía;

XIII. Constancia de no deudor alimentario moroso de las personas solicitantes; y

XIV. Fotografías de convivencias familiares de las personas interesadas.

 Antes de realizar el trámite debes considerar que: Iniciado el proceso para accederá la Acción Social deberá disponer de tiempo para las evaluaciones correspondientes.

 Formato de solicitud: 

  • Éste trámite SI cuenta con formato: “Formato de solicitud de Familia de Acogimiento Temporal sin fines de Adopción.”

 Costo del trámite.

  • Sin costo.

Presencial:

1. Primer contacto con familias interesadas: La persona o persona(s) solicitante(s) que deseen recibir más información, se realizará a través de un primer contacto vía telefónica y/o presencial.

 

2. Platica informativa de inducción: DIF Ciudad de México, a través de la Dirección Ejecutiva de la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; inducirá mediante una plática informativa a las personas o familias interesadas en el proceso de acogimiento temporal los siguientes temas:

a) Visualizar el objetivo de la Acción Social “Bienestar en Hogares de Corazón”;

b) Analizar el perfil de niñas, niños y adolescentes aptos en el proceso de acogimiento temporal;

c) Comprender el rol que deberá fungir la familia de acogida temporal sin fines de adopción; refiriendo de manera clara los distintos procesos por los que deberán transitar.

d) Identificar si la familia cumple con las características requeridas; además de considerar si están dispuestos a iniciar y/o continuar con el proceso para formar parte de las familias de acogimiento temporal sin fines de adopción.

 

3. Evaluación legal

DIF Ciudad de México, a través de la Dirección Ejecutiva de la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, realizará una evaluación de la documentación solicitada, a fin de integrar un expediente de la familia y en su caso subsanar los documentos que hagan falta a fin de completar el expediente.

4. Evaluación de trabajo social

DIF Ciudad de México, a través de la Dirección Ejecutiva de la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; realizará un estudio integral de trabajo social para determinar la viabilidad en la que se encuentra la familia para formar parte y continuar en el proceso de Acogimiento temporal sin fines de adopción.

5. Evaluación psicológica

DIF Ciudad de México, a través de la Dirección Ejecutiva de la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; realiza una entrevista psicológica que permite complementar y profundizar la información recabada en el estudio de trabajo social, en función de poder construir la historia familiar y conocer en profundidad los vínculos, la estructura y dinámica familiar.

6. Notificación del resultado a las personas solicitantes

DIF Ciudad de México, a través de la Dirección Ejecutiva de la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; notificará a la familia la viabilidad para acoger temporalmente sin fines de adopción. Asimismo, de identificarse  en alguna de las fases del proceso de evaluación que la familia es no viable, se le notificará dicho resultado a fin de no extender innecesariamente el proceso, agradeciendo la generosidad de los miembros de la familia por haber participado en el proceso de selección.

Plazo máximo de respuesta:

a. 3 meses (sujeto al cumplimiento de requisitos del solicitante)

Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

b. Certificación como familia de acogida sin fines de adopción

1. Convención sobre los Derechos del Niño. Artículos: 3, 9, 12 y 19

2. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Artículos: 2, 4 fracción XII; 13 fracciones IV, VIII, XV; 22, 23, 24, 26 fracción, II; 46, 47, 71 y 72

3. Ley de los Derechos de las Niñas y Niños y Adolescentes de la Ciudad de México. Artículos 3, 13 fracciones IV, VIII, XV; 21, 22, 24, 43, 44, 72 y 73

4. Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal. Artículos: 21 fracción I, 25 y 39.

5. Acuerdo por el que se crea el Comité Técnico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal. Aplica todo el Acuerdo

6. Protocolo de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes en situación de Riesgo o Desamparo y de su Seguimiento Social. Artículo 7 Fracc. I, II, V, XIV, XIX; 85 al 134.

7. Lineamiento de Operación de la Acción social Apoyo a Familias de Acogida Temporal sin fines de adopción "Bienestar en Hogares de Corazón" 2024